martes, 17 de febrero de 2015

La A.M.P.A. del I.E.S. Pedro Álvarez de Sotomayor, informa con respecto al USO DEL MOVIL en el Instituto.



La Ley 5/2014 de Castilla - La Mancha en el Capítulo II – Deberes y responsabilidades de la infancia y adolescencia y en el Artículo 22. Deberes de ciudadanía de los menores, en el punto 4 dice textualmente:” Los menores no deberán mantener operativos teléfonos móviles ni otros dispositivos de comunicación en los centros escolares, salvo en los casos previstos expresamente en el proyecto educativo del centro o en situaciones excepcionales, debidamente acreditadas.”.



La A.M.P.A., en conocimiento de la ley en plena vigencia, ha informado a los Directivos del Instituto y al Consejo Escolar, que ningún docente tiene facultades para revisar, tomar posesión o prohibir el ingreso del móvil por parte de los alumnos al Instituto.


Asimismo la A.M.P.A. ha informado a los representantes de los alumnos en el Consejo Escolar y a los delegados de los cursos, los alcances de la nueva Ley y por ello los teléfonos móviles no deben permanecer operativos dentro del Instituto. Asimismo, se ha puesto en conocimiento de los alumnos, sobre la falta de extrema gravedad, en el caso que un móvil se encuentre operativo y/o emita cualquier tipo de sonido en clase.


Por último, hasta tanto Consejo de Gobierno de Castilla - La Mancha dicte las normas de carácter reglamentario necesarias para el desarrollo de la presente ley, la A.M.P.A. ha propuesto en el Consejo Escolar, como situación excepcional, llevar a cabo una experiencia piloto, de solo tres meses de duración, permitiendo a los alumnos el uso del móvil o dispositivo de comunicación solamente en el horario de recreo. Al finalizar este periodo de prueba, elaborar un informe por parte del Claustro, presentarlo ante el Consejo Escolar y elevarlo a la Delegación de Educación, Cultura y Deporte de Ciudad Real con los resultados del mismo para su consideración.

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