domingo, 4 de julio de 2021

Certificado COVID digital de la UE

Este documento permite viajar entre países de la UE acreditando de forma sencilla que una persona ha sido vacunada contra la COVID-19, se ha recuperado de la enfermedad o tiene una prueba negativa en las últimas 48/72 horas según establezcan los diferentes países.

Si no tiene el certificado COVID digital de la UE, puede viajar, pero el proceso de admisión es más lento y se pueden solicitar medidas adicionales, como test o cuarentenas. Este certificado es sencillo, seguro, fiable y gratuito, y puede disponer de él en formato electrónico o en papel.


Requisitos

Puede solicitar y obtener este certificado si cumple con alguna de estas condiciones:

  • Que el titular haya recibido una vacuna frente la COVD-19 en el Estado miembro que expide el certificado (certificado de vacunación).
  • Que el titular se haya realizado un test NAAT o un test rápido de antígenos enumerados en la lista común y actualizada de test rápidos de antígenos de la COVID-19 establecida sobre la base de la Recomendación 2021/C 24/01 del Consejo (certificado de test).
  • Que el titular se haya recuperado de una infección por el SARS-CoV-2 tras un test NAAT positivo o un test rápido de antígenos positivo enumerados en la lista común y actualizada de test rápidos de antígenos de la COVID-19 establecida sobre la base de la Recomendación 2021/C 24/01 del Consejo (certificado de recuperación).

 

Lugar de presentación

Podrán presentarse:

  • Telemáticamente. Solicite su certificado COVID digital para viajar por la Unión Europea de forma rápida y sencilla. En pocos segundos podrá obtener el

    certificado indicando sus datos personales (DNI, fecha de nacimiento, CIP y fecha de caducidad de su tarjeta sanitaria).

 

  • Presencialmente:

     En las Gerencias del Servicio de Salud de      Castilla-La Mancha.

En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de la Administración General del Estado; de las Comunidades Autónomas; las Entidades que integran la Administración Local y del sector público institucional. En las oficinas de Correos. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero. En las oficinas de asistencia en materia de registros. 

 

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